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lunes, 29 de marzo de 2010

LOS ASEGURADOS YA PUEDEN SOLICITAR POR TELÉFONO SU INDEMNIZACIÓN AL C.C.S

Desde ayer, los asegurados ya pueden solicitar al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) su indemnización por daños materiales producidos por los denominados riesgos extraordinarios, tales como inundación, embate de mar, tempestad ciclónica atípica, terremoto, terrorismo, tumulto popular, etc. La solicitud de indemnización y el registro informático de la misma se realizarán, por tanto, sin que el asegurado tenga que aportar documentación al CCS, siendo suficiente con que en el transcurso de la llamada quien realiza la solicitud facilite los datos (póliza de seguro, cuenta bancaria, etc.) que se indican en el apartado de 'La cobertura de Riesgos Extraordinarios – Solicitud de indemnización', en la web del organismo público (www.consorseguros.es). La documentación necesaria para tramitar la solicitud de indemnización podrá aportarse posteriormente al perito designado por el Consorcio.
El teléfono para las solicitudes es el siguiente: 902 222 665.

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